Luego de elegir la propiedad y de llegar a un acuerdo de precio comienza el proceso de compra del inmueble:
Persona física
– Propiedades adquiridas antes del 30/06/2007 – 1.8 % del valor de venta (criterio ficto)
– Propiedades adquiridas después del 30/06/2007 – 12 % del resultado por venta
En caso de que el propietario sea una Sociedad, debe abonar un 25% sobre la renta.
Luego de que se llega a un acuerdo en el precio y en las condiciones de alquiler entre las partes, el inquilino asegura la propiedad realizando un depósito equivalente al valor de un mes de alquiler (quedará en custodia de la Inmobiliaria hasta la firma del contrato). Este depósito garantiza que la propiedad esté reservada y fuera del mercado.
Documentación: el inquilino deberá presentar al propietario a través de la inmobiliaria, en un plazo máximo de 5 días hábiles, la documentación para comenzar el trámite de garantía.
Gastos asociados al alquiler de un inmueble: En el momento de la firma del contrato, ambas partes deben pagar una comisión inmobiliaria correspondiente a un mes de alquiler más el IVA.
>> En caso de haber Gastos Comunes, el inquilino debe abonarlos y se abonan mensualmente.
>> Tributos domiciliarios que se abonan bimestralmente.
>> Tarifa de saneamiento
Servicios accesorios: ute, ose, antel
>> IRPF por un monto equivalente al 10,5% del monto del alquiler y se paga de forma mensual.
>> Contribución inmobiliaria por un monto equivalente al 1% del valor catastral de la propiedad abonándose anualmente.
>> Impuesto a Primaria que equivale a un tercio de la contribución inmobiliaria y también se abona anualmente.
>> Si los Gastos Comunes incluyen un Fondo de Reserva, el propietario es responsable de su pago. La administradora del edificio se encargará de hacer dos talones de pago por separado.
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